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Empresas y grandes clientes - Electricidad

El nuevo mercado energético

La liberación del sector

Electricidad

La liberalización de una serie de actividades de ámbito energético y la apertura de este sector a la competencia se inicia con la aprobación, en al ámbito de la Unión Europea, de la Directiva para el establecimiento del Mercado Interior de la Electricidad (96/92/CE). Esta Directiva ha sido traspuesta a la regulación en nuestro país mediante la Ley del Sector Eléctrico de Noviembre de 1997.

Esta apertura del mercado e introducción de la competencia tiene por objetivo la continuidad del suministro y su calidad así como que éste se efectúe al menor coste posible.

Con la nueva normativa y para velar por la competencia entre los distintos sistemas energéticos, se creó La Comisión Nacional de Energía, como ente regulador de los sistemas energéticos.

El nuevo marco regulador suprime la consideración del servicio público para la electricidad aunque la energía eléctrica pasa a considerarse como indispensable para el funcionamiento de la sociedad.

Los aspectos principales a destacar de este nuevo marco son los siguientes:

Se introduce la competencia en dos actividades:

Generación de electricidad: Se sustituye la planificación centralizada por la libertad de instalación de nuevos grupos de producción. Además, se crea el Pool, es un Mercado Mayorista donde se produce la casación de ofertas de compra y venta de energía eléctrica entre aquellos agentes que tienen acceso al mismo. En él se fija un precio de la energía para cada hora, que viene determinado por la última oferta necesaria para cubrir la demanda. Para su gestión han aparecido nuevas figuras en el mercado:

  • Operador del Mercado: que asume la gestión del sistema de ofertas de compra y venta de energía en el Pool (Mercado Mayorista).
  • Operador del Sistema: Es el responsable de la estabilidad técnica del sistema. Asume la gestión técnica y la función de velar por la continuidad y seguridad del suministro y la coordinación entre la producción y el trasporte.

Comercialización de electricidad: Se trata de una actividad, separada de la distribución, y centrada en el ámbito de la venta de electricidad y gas.

Por su parte, el Transporte y la Distribución, se mantienen como actividades reguladas de acuerdo a su condición de monopolios naturales. Sin embargo se mantiene el acceso a las redes por parte de comercializadores y clientes cualificados, de forma que estas redes ya no son de uso exclusivo de su propietario. Para realizar dicho acceso en condiciones de objetividad, transparencia y no discriminación se establecen los Peajes o Tarifas de acceso, regulados y publicados periódicamente en el Boletín Oficial del Estado, al que deban hacer frente todos los agentes que accedan a las instalaciones. Los peajes o tarifas de acceso son idénticos para todos los agentes, con independencia de cuál sea y dónde esté ubicada la comercializadora o cliente cualificado que acceda a la red. Sin embargo, la energía es adquirida libremente, y cada agente podrá obtener un precio diferente en función de su capacidad de negociación.

Para garantizar la igualdad en el ejercicio de la competencia, le legislación determinó también la separación jurídica de las actividades de un mismo grupo empresarial en distintas sociedades. Por esta razón, NATURGAS ENERGÍA es hoy un grupo formado por un conjunto de compañías cuyas actividades están claramente diferenciadas, y comercializa electricidad en el mercado liberalizado a través de Naturgas Energía Comercializadora.

efr empresa: Certificado en conciliación e igualdad