Precios de la Tarifa de Último Recurso – Resolución de 30/12/2011 (BOE 31/12/2011)
| Tarifa * | Término fijo Euros/cliente/mes | Término Variable (€/kWh) |
|---|---|---|
| TUR.1 Consumo inferior o igual 5.000 kWh/año. | 4,21 | 0,05513521 |
| TUR.2 Consumo superior a 5.000 kWh/año e inferior o igual a 50.000 kWh/año. | 8,62 | 0,04880021 |
* Tarifas aplicables desde el 1 de enero de 2012
Desde el 1 de Julio del 2009 sólo pueden acogerse a la tarifa de último recurso los consumidores conectados a presión inferior o igual a 4 bar, con consumos anuales no superiores a 50.000 kWh/año.
El factor de Conversión para obtener la equivalencia en kWh del volumen en m³ del gas consumido leído en el contador viene indicado en la factura. Este Coeficiente dependerá del Poder calorífico del gas en el periodo de referencia y de la altitud del municipio donde esté ubicado el punto de suministro.
A la tarifa correspondiente se le deberá sumar el importe del alquiler del contador. El tipo de contador viene determinado por la presión del suministro y el volumen de consumo.
A estos importes hay que añadirles el I.V.A. vigente.